Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Admisión de alumnado en Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música en centros docentes públicos.

Documentación

Por internet

    • Solicitud de plaza en enseñanzas elementales y profesionales de música

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

Tramitación

Objeto

  • Convocar el procedimiento de admisión del alumnado en Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música, en centros sostenidos con fondos públicos, en la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • Los destinatarios son el alumnado que desee cursar estas enseñanzas y pidan plaza en un centro educativo o, en caso de ser menores de edad, sus madres, padres o tutores legales.
A quién está dirigido:
Ciudadanos
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • 1. Acceso a las enseñanzas elementales de música
  • a) Para acceder al Curso de Iniciación de las enseñanzas elementales de música, el alumnado aspirante deberá tener una edad mínima de 7 años, cumplidos en el año natural de la convocatoria. Para la adjudicación de plaza tendrá carácter preferente el alumnado de menor edad. En todo caso, la obtención de plaza estará supeditada al número de vacantes ofertadas para este curso.
  • b) Para acceder al curso primero de las enseñanzas elementales de música será necesario superar una prueba de acceso en la que se valorarán únicamente las aptitudes de los aspirantes.
  • La edad mínima para realizar la prueba de acceso al primer curso de estas enseñanzas será de ocho años y la máxima de doce, cumplidos antes de la finalización del año natural del inicio del curso académico.
  • Excepcionalmente, para el acceso al primer curso, la dirección del centro podrá autorizar la realización de la prueba a aspirantes de menor edad que acrediten tener concedida, por la Consejería competente en materia de educación, la flexibilización de la escolarización por su condición de alta capacidad intelectual.
  • c) Para acceder directamente a un curso distinto de primero, en una especialidad determinada, será preciso superar una prueba específica de acceso en la que el aspirante deberá demostrar tener los conocimientos necesarios para cursar con aprovechamiento estas enseñanzas.
  • Esta prueba tendrá como referente los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de las asignaturas del curso anterior al que se aspira.
  • En el ingreso a un curso distinto de primero, la edad máxima será correlativa con el curso, es decir, trece años para segundo, catorce para tercero y quince para cuarto.
  • 2. Acceso a las enseñanzas profesionales de música.
  • Para acceder directamente a cualquiera de los cursos de las enseñanzas profesionales de música, en una especialidad determinada, será preciso superar una prueba específica de acceso en la que el aspirante deberá demostrar tener los conocimientos necesarios para cursar con aprovechamiento estas enseñanzas.
Tasas:
(154) Tasa por servicios prestados en conservatorios profesionales de música

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
El generador de solicitudes, que se encuentra a su disposición en la página web de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, le permitirá realizar la solicitud por este medio y remitirla automáticamente al centro educativo donde desee realizar la prueba, pudiendo adjuntar la documentación que considere conveniente. Una vez generado el documento, deberá descargarlo, firmarlo y custodiarlo. La aplicación informática permitirá remitir automáticamente la solicitud al centro educativo, para que no tenga que acudir presencialmente al mismo hasta que le sea requerido. Las personas interesadas que no cuenten con los medios electrónicos necesarios, o su identificación, para cumplimentar la solicitud, podrán dirigirse al centro elegido. En este supuesto, si se desea solicitar plaza escolar en un centro situado en otra isla, se deberá presentar la solicitud impresa en el registro general de la Consejería competente en materia de educación o en sus registros auxiliares de ventanilla única, dirigido al centro elegido.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 9/4/2024 8:0
Fecha Fin: 23/4/2024 23:59
  • Observaciones: PERIODO DE SOLICITUD de plazas e INSCRIPCIÓN PRUEBAS DE ACCESO

  • Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Centro Educativo

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      El Director del centro o el titular del centro concertado
      Plazo de resolución:
      Resolución de las reclamaciones y publicación listas definitivas de admitidos: 28 de JUNIO de 2024.
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      No tiene
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Observaciones

    • Las solicitudes se podrán presentar por medio electrónico o por medio presencial, ofreciendo mecanismos que faciliten la presentación:

      a) Por sede electrónica: será requisito indispensable disponer de alguno de los sistemas de identificación y firma admitidos por la sede electrónica y Punto General de Acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. Una vez cumplimentada la solicitud, se deberá proceder a su firma y presentación electrónica. Como resultado de esta presentación podrá imprimir la solicitud con el registro de entrada de Sede Electrónica.

      b) Por página web: en cuyo caso se deberá cumplimentar una solicitud mediante la aplicación que a tal efecto se encuentra disponible en la página web de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes. Una vez generado el documento, se deberá descargar, firmar y custodiar por la persona solicitante. La aplicación informática permitirá remitir la solicitud al centro educativo, para que la persona solicitante no tenga que acudir presencialmente al mismo hasta que le sea requerido, si fuese necesario.

      c) De forma presencial: las personas interesadas que no cuenten con los medios identificativos o electrónicos necesarios, podrán dirigirse al centro elegido. En este supuesto, si se desea solicitar plaza escolar en un centro situado en otra isla, se deberá presentar la solicitud impresa en el registro general de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes o en sus registros auxiliares de ventanilla única, dirigido al centro elegido.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      DECRETO 9/2022, de 20 de enero, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes que oferten enseñanzas no universitarias sostenidas con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Canarias(BOC nº 20, de 28/01/2022).

      ORDEN de 3 de marzo de 2022, por la que se desarrolla el Decreto 9/2022, de 20 de enero, que regula la admisión del alumnado en centros docentes que oferten enseñanzas no universitarias sostenidas con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 49, de 10/03/2022).

      ORDEN de 16 de marzo de 2018, por la que se establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas elementales de música en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

      DECRETO 364/2007, de 2 de octubre, por el que se establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas profesionales de música en la Comunidad Autónoma de Canarias.

      ORDEN de 5 de mayo de 2009, por la que se regula el acceso y la admisión a las enseñanzas profesionales de música en la Comunidad Autónoma de Canarias.

      Resolución de 27 de febrero de 2024 por la que se dictan instrucciones sobre el proceso de admisión del alumnado a Ciclos Formativos de Grado Básico, Medio y Superior (Niveles 1, 2 y 3) de las Enseñanzas de Formación Profesional de Grado D, Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música, Enseñanzas de Idiomas y Enseñanzas Deportivas en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Canarias para el curso escolar 2024-2025 (BOC nº 49, de 7 de marzo).

      Resolución de 27 de febrero de 2024 por la que se convoca el procedimiento de admisión del alumnado a Ciclos Formativos de Grado Básico, Medio y Superior (Niveles 1, 2 y 3) de las Enseñanzas de Formación Profesional de Grado D, Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música, Enseñanzas de Idiomas y Enseñanzas Deportivas en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Canarias para el curso escolar 2024-2025 (BOC nº 49, de 7 de marzo).

      Normativa estatal

      Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106, de 04/05/2006).

      Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de música reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      6269
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      2276824
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    Actualizado 18/04/2024 © Gobierno de Canarias | Aviso legal | Política de cookies | Sugerencias y Reclamaciones Contacto