Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Admisión de alumnado en Enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial, en centros docentes públicos y privados concertados.

Documentación

Por internet

    • Solicitud de plaza en enseñanza de idiomas de régimen especial

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

Tramitación

Objeto

  • Convocar el procedimiento de admisión del alumnado en Enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial, en centros sostenidos con fondos públicos, en la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • Los destinatarios son el alumnado que desee cursar estas enseñanzas y pidan plaza en un centro educativo o, en caso de ser menores de edad, sus madres, padres o tutores legales.
A quién está dirigido:
Ciudadanos
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Podrán acceder a enseñanzas de idiomas de régimen especial quienes tengan 16 años cumplidos en el año en que comiencen sus estudios, así como las personas mayores de 14 años en un idioma distinto del cursado como primera lengua extranjera en la ESO.
  • No obstante, con independencia de la edad, se permitirá el acceso a las enseñanzas de idiomas de régimen especial al alumnado de altas capacidades con medidas de flexibilización, en igualdad de condiciones que el resto del alumnado del curso en que se encuentre escolarizado.
  • En caso de los nacionales de un país cuya lengua oficial coincida con aquella en la que solicitan la admisión, se deberá acreditar que no se trata de su lengua materna ni de la lengua de su escolarización ordinaria.
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Las solicitudes se podrán presentar por medio electrónico o por medio presencial, ofreciendo mecanismos que faciliten la presentación: a) Por el medio electrónico: será requisito indispensable disponer de alguno de los sistemas de identificación y firma admitidos por la sede electrónica y Punto General de Acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. Una vez cumplimentada la solicitud, se deberá proceder a su firma y presentación electrónica. Como resultado de esta presentación se permitirá obtener el resguardo de la solicitud que deberá ser conservado por la persona solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de la misma. b) Por el medio presencial: en cuyo caso se deberá cumplimentar una solicitud mediante la aplicación “Generador de Solicitudes” que se encuentra disponible en la página web de la Consejería competente en materia educativa. Una vez generado el documento, se deberá descargar, firmar y custodiar por la persona solicitante. La aplicación informática permitirá remitir la solicitud al centro educativo, para que la persona solicitante no tenga que acudir presencialmente al mismo hasta que le sea requerido, si fuese necesario. 2. Las personas interesadas que no cuenten con los medios electrónicos necesarios, o su identificación, para cumplimentar la solicitud, podrán dirigirse al centro elegido como primera opción. En este supuesto, si se desea solicitar plaza escolar en un centro situado en otra isla, se deberá presentar la solicitud impresa en el registro general de la Consejería competente en materia de educación o en sus registros auxiliares de ventanilla única, dirigido al centro elegido como primera opción.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 10/4/2023 8:0
Fecha Fin: 28/4/2023 23:59
  • Observaciones: Periodo de solicitud de plazas

  • Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Centro Educativo

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      El Director del centro o el titular del centro concertado
      Plazo de resolución:
      Publicación de los listados definitivos de admitidos, reservas y excluidos en la página web de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes: 26 de junio de 2023.
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      No tiene
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Observaciones

    • Las solicitudes se podrán presentar por medio electrónico o por medio presencial, ofreciendo mecanismos que faciliten la presentación:
      a) Por el medio electrónico: será requisito indispensable disponer de alguno de los sistemas de identificación y firma admitidos por la sede electrónica y Punto General de
      Acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. Una vez cumplimentada la solicitud, se deberá proceder a su firma y presentación electrónica. Como
      resultado de esta presentación se permitirá obtener el resguardo de la solicitud que deberá ser conservado por la persona solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de la misma.
      b) Por el medio presencial: en cuyo caso se deberá cumplimentar una solicitud mediante la aplicación “Generador de Solicitudes” que se encuentra disponible en la página web de
      la Consejería competente en materia educativa. Una vez generado el documento, se deberá descargar, firmar y custodiar por la persona solicitante. La aplicación informática permitirá remitir la solicitud al centro educativo, para que la persona solicitante no tenga que acudir presencialmente al mismo hasta que le sea requerido, si fuese necesario.
      2. Las personas interesadas que no cuenten con los medios electrónicos necesarios, o su identificación, para cumplimentar la solicitud, podrán dirigirse al centro elegido como
      primera opción. En este supuesto, si se desea solicitar plaza escolar en un centro situado en otra isla, se deberá presentar la solicitud impresa en el registro general de la Consejería
      competente en materia de educación o en sus registros auxiliares de ventanilla única, dirigido al centro elegido como primera opción.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      ORDEN de 3 de marzo de 2022, por la que se desarrolla el Decreto 9/2022, de 20 de enero, que regula la admisión del alumnado en centros docentes que oferten enseñanzas no universitarias sostenidas con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 49, de 10/03/2022).

      DECRETO 9/2022, de 20 de enero, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes que oferten enseñanzas no universitarias sostenidas con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Canarias(BOC nº 20, de 28/01/2022).

      Resolución de 28 de febrero de 2023, por la que se convoca el procedimiento de admisión del alumnado en centros docentes que oferten enseñanzas no universitarias sostenidas con fondos públicos, para el curso escolar 2023/2024, en la Comunidad Autónoma de Canarias

      Resolución de 1 de marzo de 2023, por la que se dictan instrucciones sobre el procedimiento de admisión del alumnado en centros docentes que oferten enseñanzas no universitarias sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Canarias

      Normativa estatal

      Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106, de 04/05/2006).

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      6262
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      2276821
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