Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Presentación del modelo 653.Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Autoliquidación de Consolidación de dominio por extinción del usufructo

Documentación

Por internet

Presencial

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Tramitación

Objeto

  • Autoliquidar la consolidación del dominio operada en la persona del nudo propietario a consecuencia de la extinción de un usufructo constituido mediante una transmisión lucrativa (sucesión o donación)
A quién está dirigido:
Ciudadanos
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Oficinas de Atención Tributaria y Delegaciones Tributarias Insulares (ver web de la Agencia Tributaria Canaria)
Plazo de presentación:
  • Si la extinción del usufructo se produce por el fallecimiento del usufructuario, el plazo de presentación de la autoliquidación es de seis meses, contados desde el día del fallecimiento.
  • En los demás casos el plazo es de un mes a contar desde aquel en que se produzca la extinción del usufructo.

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Dependencia de Tributos Cedidos

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dependencia de Tributos Cedidos
    Plazo de resolución:
    La autoliquidación será objeto de calificación por el órgano liquidador correspondiente, que en su caso, procederá a girar las liquidaciones complementarias que resulten tras la tramitación del expediente dentro del plazo de prescripción del artículo 66 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    No tiene
    Recursos:
    No cabe recurso

Normativa

  • Normativa autonómica

    Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos (Art. 27)

    Normativa estatal

    Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Arts. 31 y 34)

    Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Arts. 64-67)

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    6099
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2235286
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