Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Clausura voluntaria de instalaciones hidráulicas subterráneas

Documentación

Por internet

    • Solicitud de autorización de clausura de la galería, pozo sondeo o túnel acueducto.
    • Documentación acreditativa de la identidad del interesado (DNI, NIE o pasaporte)
    • Escritura de propiedad Escritura de titularidad de la obra hidráulica subterránea o de propiedad de los terrenos
    • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta) En caso de personas jurídicas, acreditación de la representación del solicitante
    • Informe técnico Breve memoria, en la que se identifique claramente la localización geográfica de la instalación, su longitud, historial administrativo y de explotación y características singulares más relevantes.

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

  • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

    Es necesario la descarga de Adobe Reader.

Tramitación

Objeto

  • Trámite orientado a los titulares de pozos, galerías, grandes sondeos y túneles acueducto improductivos o en desuso o a los propietarios de terrenos en los que se ubican, con el objetivo de proceder a su sellado y clausura definitiva.
A quién está dirigido:
Ciudadanos, Empresas y Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
(118) Tasas en materia de industria y energía
  • (64) Otras autorizaciones o certificaciones sobre expedientes mineros y obras hidráulicas subterráneas, cuando precisen visita de inspección, pero no requieran la presentación de proyecto

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Minas

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Servicio de Minas
    Plazo de resolución:
    6 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    DECRETO 232/2008, de 25 de noviembre, por el que se regula la seguridad de las personas en las obras e instalaciones hidráulicas subterráneas de Canarias
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

  • Normativa autonómica

    DECRETO 232/2008, de 25 de noviembre, por el que se regula la seguridad de las personas en las obras e instalaciones hidráulicas subterráneas de Canarias

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    5040
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    1161595
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