Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Autorización de talleres para el montaje y comprobación de limitadores de velocidad.

Documentación

Por internet

    • Declaración de independencia de la actividad de transporte por carretera, de los socios y directivos de la entidad.
    • Declaración y justificación de los medios técnicos para la ejecución de la instalación y comprobación de funcionamiento de los dispositivos, según lo reglamentado.
    • Las certificaciones de adiestramiento. Las certificaciones de adiestramiento sobre instalación y comprobación del funcionamiento de los dispositivos sobre los que se va a intervenir, según se establece en el anexo al Real Decreto citado, de al menos dos trabajadores de la plantilla de la entidad o del taller, con categoría profesional mínima de oficial de segunda categoría, impartido por el fabricante del dispositivo de limitación de velocidad, o por su representante legal.
    • Experiencia del personal técnico de la plantilla, con expresión de su titulación, cualificación y experiencia profesional.
    • Certificación de la compañía aseguradora. Certificación de la compañía aseguradora con la que tenga contratada la póliza de responsabilidad civil, que cubran los riesgos de su responsabilidad, respecto a daños materiales y personales a terceros, por una cuantía mínima de 60.000 euros, sin que la cuantía de la póliza limite dicha responsabilidad.
    • Impreso de inscripción en el Registro Integrado Industrial/Registro de Talleres de automóviles.
    • Certificado de disponer de los medios técnicos necesarios. Certificado de disponer de los medios técnicos necesarios para la ejecución de los trabajos, emitidos por el fabricante o representante de los dispositivos para los que se pide la autorización, relacionándolos claramente por su denominación, marca, modelo y número de serie. Esta relación deberá incluir todos aquellos equipos de los que disponga, aunque estén en número superior al mínimo necesario.
    • Verificación metrológica y certificados de calibración vigentes de todos aquellos instrumentos de medida que vayan a ser utilizados en el centro técnico, que deberán corresponder con los relacionados en el certificado de medios técnicos.
    • Impreso de autoliquidación de tasas (modelo 700, concepto 118, tasa 1.1). Enlace al modelo 700 de las tasas de la Comunidad Autrónoma de Canarias:
https://www.gobiernodecanarias.org/tributos/oficinavirtual/apps/modelo700/InicioSesion.asp
    • Autorización de talleres para el montaje y comprobación de limitadores de velocidad

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • Autorizar a determinados talleres para el montaje y comprobación de funcionamiento de dispositivos limitadores de velocidad de vehículos.
A quién está dirigido:
Ciudadanos y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Presentación de la documentación exigible
Tasas:
(118) Tasas en materia de industria y energía
  • (22) Inscripción en registros oficiales. Tarifa General

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dirección General de Industria
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Estimatorio
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

  • Normativa estatal

    Real Decreto 1417/2005, de 25 de noviembre por el que se regula la utilización, instalación y comprobación del funcionamiento de dispositivos de limitación de velocidad en determinadas categorías de vehículos. (BOE Nº 289, de 3.12.2005).

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    4380
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    220664
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