Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Derecho de uso del subsuelo de bienes inmuebles constituido por Entidades Locales

Documentación

Por internet

    • Modelo de solicitud formulario
      • Solicitud
    • Certificación del Registro de la Propiedad acreditativa de que los bienes se hallen debidamente inscritos en concepto de patrimoniales de la entidad local
    • Certificación expedida por quien ostente la Secretaría de la Corporación en la que conste que los bienes figuran en el inventario aprobado por la Corporación con la calificación de patrimonial
    • Dictamen suscrito por personal técnico de la Corporación que acredite que los bienes no están comprendidos en ningún plan de ordenación, reforma o adaptación, vigentes o en tramitación, que los haga necesarios al ente local
    • Certificación expedida por quien ostente la Secretaría de la Corporación donde se acredite que el expediente ha estado expuesto a información pública por un plazo no inferior a 20 días y su resultado
    • Certificación del acuerdo plenario en el que se apruebe el derecho de uso del subsuelo y se acredite que los bienes o derechos no son necesarios para el ejercicio de sus competencias y funciones propias
    • Informe de la Intervención de Fondos sobre el importe al que ascienden los recursos ordinarios del presupuesto anual de la Corporación
    • Informe jurídico
    • Certificación acreditativa de la condición de entidad privada sin ánimo de lucro
    • Memoria demostrativa de que los fines que persigue la superficiaria redundan de manera evidente en beneficio de los habitantes del ámbito territorial de la entidad local
    • Pliego de condiciones que han de regir la contratación
    • Informes preceptivos a los pliegos

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Modelo de solicitud formulario
    • Certificación del Registro de la Propiedad acreditativa de que los bienes se hallen debidamente inscritos en concepto de patrimoniales de la entidad local
    • Certificación expedida por quien ostente la Secretaría de la Corporación en la que conste que los bienes figuran en el inventario aprobado por la Corporación con la calificación de patrimonial
    • Dictamen suscrito por personal técnico de la Corporación que acredite que los bienes no están comprendidos en ningún plan de ordenación, reforma o adaptación, vigentes o en tramitación, que los haga necesarios al ente local
    • Certificación expedida por quien ostente la Secretaría de la Corporación donde se acredite que el expediente ha estado expuesto a información pública por un plazo no inferior a 20 días y su resultado
    • Certificación del acuerdo plenario en el que se apruebe el derecho de uso del subsuelo y se acredite que los bienes o derechos no son necesarios para el ejercicio de sus competencias y funciones propias
    • Informe de la Intervención de Fondos sobre el importe al que ascienden los recursos ordinarios del presupuesto anual de la Corporación
    • Informe jurídico
    • Certificación acreditativa de la condición de entidad privada sin ánimo de lucro
    • Memoria demostrativa de que los fines que persigue la superficiaria redundan de manera evidente en beneficio de los habitantes del ámbito territorial de la entidad local
    • Pliego de condiciones que han de regir la contratación
    • Informes preceptivos a los pliegos

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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Tramitación

Objeto

  • Autorizar o tomar razón del derecho de uso del subsuelo de bienes inmuebles que pudiesen constituir los Entes Locales Canarios
A quién está dirigido:
Administración Local
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Administración Local

Quién resuelve

Normativa

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    4241
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    220787
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