Sede electrónica del Gobierno de Canarias

Sede electrónica del Gobierno de Canarias

Permuta de bienes y derechos de cosa futura realizada por Entidades locales

Documentación

Por internet

Presencial

    • Solicitud
    • Certificación por quien ostente la Secretaría de la Corporación acreditativa de que el/los bienes propiedad de la Entidad local objeto de la permuta se encuentra inscrito en el inventario de bienes, con la calificación jurídica de patrimonial
    • Certificación de la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad con la calificación jurídica de patrimonial
    • Certificación del acuerdo plenario en el que se apruebe la permuta con la mayoría exigida (si fuera municipio de régimen común)
    • Informe suscrito por personal técnico de la Corporación que acredite que la diferencia de valor entre ambos bienes no excede del 40% del valor del que lo tenga mayor y se establezca la debida compensación económica por la diferencia
    • Informe técnico acreditativo de que el bien futuro está suficientemente determinado y donde se acredite su viabilidad y el plazo de materialización
    • Informes y consideraciones técnicas, económicas y jurídicas que justifiquen la necesidad de efectuar la adquisición del bien por permuta
    • Informe de la Intervención de Fondos sobre el importe al que ascienden los recursos ordinarios del presupuesto anual de la Corporación
    • Informe de Secretaría
    • Acreditación del cumplimiento de la prestación de garantía suficiente para el cumplimiento de las obligaciones contractuales

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

    Es necesario la descarga de Adobe Reader.

Tramitación

Objeto

  • Autorizar o tomar razón de la permuta de bienes y/o derechos de cosa futura realizada por Entidades Locales
A quién está dirigido:
Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Administración Local

Quién resuelve

Normativa

  • Normativa autonómica

    Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales de Canarias

    Normativa estatal

    Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local

    Real Decreto Legislativo 781/1986, de 2 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local

    Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales

    Ley 33/2003, de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas (BOE nº 264, de 4 de noviembre)

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    4222
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    220786
Ayúdenos a mejorar

INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE COOKIES

La Sede Electrónica utiliza cookies propias y de terceros para recopilar información que ayuda a optimizar su visita. Las cookies no se utilizan para recoger información de carácter personal. Usted puede permitir su uso o rechazarlo, también puede cambiar su configuración siempre que lo desee. Dispone de más información en nuestra Política de Cookies.


Actualizado 19/04/2024 © Gobierno de Canarias | Aviso legal | Política de cookies | Sugerencias y Reclamaciones Contacto