Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Solicitud de Acreditación como entidad evaluadora en materia de autoprotección.

Documentación

Por internet

    • Acreditación de solvencia profesional: Memoria que contenga los extremos a los que se alude en los Articulos 37.2.b) y 38.4 del Decreto 67/2015, documentación, relativa a la trayectoria laboral, en capacitacion  y pericia de planes de Autoproteccion, asi como disponibilidad de medios necesarios para el desarrollo de la actividad.
    • Acreditacion de Solvencia Economica: Documentacion que contenga los extremos a los que se alude en los Articulos 37.2.b) y 38.4 del Decreto 67/2015, Certificaciones de estar al dia en obligaciones tributarias con las haciendas del Estado y Comunidad Autonoma ademas del pago de cotizaciones a la Seguridad Social del personal.
    • Acreditacion Tecnica del personal: Memoria y documentacion que contenga los extremos a los que se alude en los Articulos 37.2.b) y 38.4 del Decreto 67/2015, documentacion relativa a titulacion, formacion, experiencia y epigrafes acreditados como Tecnico/s Redactor/es del/los Tecnico/s competente/s.
    • En el supuesto de que el solicitante sea persona jurídica, certificado original del acuerdo social o societario por la que se autoriza solicitar la presente acreditación
    • En el supuesto de que el solicitante sea persona jurídica, copia simple del documento que acredite la inscripción de la persona jurídica en el registro oficial que corresponda
    • En el supuesto de que el solicitante sea persona jurídica, copia simple del documento que acredite su constitución legal
    • En el supuesto de que el solicitante sea persona física, documento original por el autoriza al representante (en caso de que la solicitud se presente por persona física a través de representante)
    • Solicitud

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • Que la entidad evaluadora sea acreditada para ejercer las funciones que le encomiende la Administración Pública competente en materia de control e inspección de las actividades sujetas al Reglamento de Autoprotección.
A quién está dirigido:
Empresas y Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Subdirección de Protección Civil y Emergencias

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dirección General de Seguridad
    Plazo de resolución:
    6 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 38, apartado 6, del Reglamento de Autoprotección
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    4181
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    220647
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