Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Acceso a la información pública

Documentación

Por internet

Presencial

  • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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Tramitación

Objeto

  • Acceder a la información pública, en los términos previstos en Ley 12/2014 de transparencia y de acceso a la información pública y en el resto del ordenamiento jurídico.
A quién está dirigido:
Ciudadanos y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Órgano competente por razón de la materia

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Órgano competente por razón de la materia
    Plazo de resolución:
    1 mes.
    Cuando el volumen o la complejidad de la información solicitada lo justifiquen, el plazo se podrá ampliar por otro mes, informando de esta circunstancia al solicitante. (Art. 46.1)
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Articulo 46.3 de la Ley 12/2014,de 26 de diciembre , de transparencia y de acceso a la información pública.
    Recursos:
    Recurso contencioso-administrativo

Observaciones

  • TRAMITACIÓN.- Indique en el texto de la solicitud el departamento, centro directivo u organismo autónomo concreto al que va dirigida y describa con precisión la consulta exacta que desea realizar.
    RECURSOS.- Contra la resolución, expresa o presunta, de la solicitud de acceso podrá interponerse reclamación ante el comisionado de Transparencia y Acceso a la Información con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa. (Art. 51.1)
    TASAS.- El acceso a la información será gratuito. No obstante, la obtención de copias y la transposición a formatos diferentes del original podrán estar sujetas al pago de las tasas establecidas de acuerdo con lo previsto en la normativa reguladora propia de la Comunidad Autónoma. (Art. 50)

Normativa

  • Normativa autonómica

    Ley 12/2014,de 26 de diciembre,de transparencia y de acceso a la información pública

    Normativa estatal

    Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    4177
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    220603
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