Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Presentación del modelo 418 - Impuesto General Indirecto Canario - Régimen especial del grupo de entidades - Autoliquidación individual

Documentación

Por internet

    • Presentación modelo 418

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • Autoliquidación mensual individual a presentar por aquellos sujetos pasivos que formen parte de un Grupo de Entidades.
  • Presentación telemática obligatoria
A quién está dirigido:
Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
  • La autoliquidación mensual individual del grupo de entidades deberá presentarse por cada una de las entidades que apliquen el Régimen Especial del Grupo de Entidades. El plazo voluntario de presentación finaliza el último día del mes siguiente al que se refiera.

Más nformación

Quién tramita

Quién resuelve

  • Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    No tiene
    Recursos:
    No cabe recurso

Normativa

  • Normativa autonómica

    Resolución de 17 de febrero de 2014, por la que se establece la presentación telemática del modelo 412 de autoliquidación ocasional y solicitud de devolución comerciante minorista, del modelo 418 de autoliquidación mensual de las entidades acogidas al Régimen Especial del Grupo de Entidades, del modelo 419 de autoliquidación mensual agregada de las entidades acogidas al Régimen Especial del Grupo de Entidades, del modelo 424 del Régimen Especial de Comerciante Minorista, todos ellos del Impuesto General Indirecto Canario, y del modelo 430 de autoliquidación del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre Combustibles Derivados del Petróleo

    Reglamento de gestión de los tributos derivados del REF de Canarias, aprobado por el Decreto 268/2011, de 4 de agosto

    Resolución, 15 enero 2020, de la Directora de la Agencia Tributaria Canaria de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, por la que se modifican el modelo 417 de autoliquidación del Impuesto General Indirecto Canario para los sujetos pasivos obligados o que hayan optado por la llevanza de los libros registro del impuesto a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria; el modelo 418 de autoliquidación de las entidades acogidas al régimen especial del grupo de entidades del Impuesto General Indirecto Canario; y el modelo 420 de autoliquidación del Régimen General del Impuesto General Indirecto Canario.

    Normativa estatal

    Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales el Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    4012
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    220442
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