Permitir u objetar el traslado de residuos a países de la Unión Europea, sin tránsito en terceros países, destinados a eliminación, y los destinados a valorización de la lista ámbar, lista verde con características de peligrosidad, mezcla de residuos no clasificados y mezcla de residuos municipales (200301)
A quién está dirigido:
Administración y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
Ser productor o gestor de residuos dado de alta en el Registro de Producción y Gestión de Residuos.
Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
Desestimatorio
Artículo 9 del Reglamento (CE) Nº 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de junio de 2006 relativo a los traslados de residuos.
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