Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Compensación de deudas (solicitud en periodo voluntario de pago).

Documentación

Por internet

Presencial

    • Solicitud Solicitud de compensación, que debe contener la identificación completa del solicitante, de la deuda cuya compensación se solicita, del crédito reconocido cuya compensación se ofrece, así como lugar, fecha y firma del solicitante.
    • Copia del modelo oficial debidamente cumplimentado de la deuda cuya compensación se solicita, en el caso de que la misma haya sido determinada mediante autoliquidación.
    • Acto, resolución, sentencia u otro documento oficial en que se refleje la existencia del crédito reconocido pendiente de pago.

Tramitación

Objeto

  • Extinción total o parcial en periodo voluntario de pago de deudas de naturaleza pública a favor de la Administración Tributaria Canaria por compensación con los créditos reconocidos por ésta a favor del deudor en virtud de un acto administrativo.
A quién está dirigido:
Ciudadanos, Asociaciones, Empresas y Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 1: Información
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • El crédito ofrecido debe estar previamente reconocido en virtud de acto administrativo.
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Periodo cada año
Fecha Inicio: 1/1/
Fecha Fin: 31/12/
  • Condición: Durante el periodo voluntario de pago de la deuda, en cualquier momento anterior al pago efectivo del crédito ofrecido para su compensación.

  • Más nformación

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Agencia Tributaria Canaria
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Art. 55.7 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición
      Reclamación Económica Administrativa

    Observaciones

    • Unidad administrativa gestora: Servicio de Recaudación de Santa Cruz de Tenerife y Servicio de Recaudación de Las Palmas.

      Información adicional:
      Para solicitar información puede dirigirse a cualquiera de las oficinas de atención tributaria de la Administración Tributaria Canaria.

    Normativa

    • Normativa estatal

      Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. (BOE nº 302, de 18.12.2003)

      Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación (B.O.E nº 210, de 02.09.2005)

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      3030
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      220637
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