Sede electrónica del Gobierno de Canarias

Sede electrónica del Gobierno de Canarias

Acreditación de la Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Anexo de solicitud

    Otra documentación de interés:
    • La primera vez que solicite la acreditación
      • Datos de constitución, estatutos fundacionales Fotocopia de documentos notariales, estatutos o escrituras de constitución o reglas fundacionales
    • Fotocopia del CIF de la entidad proveedora
    • Documentación que acredite su situación regular en Hacienda y Seguridad Social

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.


    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • Acreditar la Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias en la Comunidad Autónoma de Canarias.
A quién está dirigido:
Ciudadanos, Asociaciones, Empresas y Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • 1.- Deberá presentarse, con un mínimo de 15 dias de antelación a la fecha de inicio de la actividad, en los lugares y formas previstos en el artículo 16,4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • 2.- Domicilio Social en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Unidad de Apoyo

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dirección General de Recursos Humanos
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Estimatorio
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Observaciones

  • Las solicitud de acreditación de la formación deberán presentarse en modelo normalizado en los lugares y formas previstos en el artículo 16,4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Las solicitudes serán examinadas por la Secretaría Técnica de la Comisión Canaria de Formación Continuada. En el supuesto de que precise subsanarse o completarse la solicitud o la documentación se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas..

Normativa

  • Normativa autonómica

    ORDEN de 16 de julio de 2012, por la que se corrigen errores de la Orden de 7 de mayo de 2012, que desarrolla determinados aspectos relativos al procedimiento de acreditación de actividades de formación continuada de las profesiones de la Comunidad Autónoma de Canarias. (BOC nº 150, de 01.08.2012)

    Decreto 17/2010, de 25 de febrero, por el que se crea la Comisión Canaria de Formación Continuada de las profesiones sanitarias y se regula el procedimiento de acreditación de la formación continuada de las profesiones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias. (BOC nº51, de 15.03.2010)

    ORDEN de 7 de mayo de 2012, por la que se desarrollan determinados aspectos relativos al procedimiento de acreditación de actividades de formación continuada de las profesiones de la Comunidad Autónoma de Canarias.(BOC nº105, de 29.05.2012)

    Normativa estatal

    REAL DECRETO 1142/2007, de 31 de agosto, por el que se determina la composición y funciones de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias y se regula el sistema de acreditación de la formación continuada

    Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias

    Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud

    Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud

    LEY 30/1999, de 5 de octubre, de Selección y provisión de plazas de personal estatutario de los Servicios de Salud

Preguntas Frecuentes

  • ¿Cómo contactar directamente con la Secretaria Canaria de Acreditación de la Formación Continuada?
    Se puede contactar a través:
    correo electrónico: acreformacion-dgrrhh.scs@gobiernodecanarias.org
    Teléfonos: 928 217121, 928 217103 y 928478537
    ¿Qué documentación se debe presentar para acreditar por primera vez con la Secretaria Canaria de Acreditación de la Formación Continuada?
    Si es la primera vez que acreditan con esta Secretaría se debe acompañar de la documentación exigida en el art. 6 de la Orden de 7 de mayo de 2012, por la que se desarrollan determinados aspectos relativos al procedimiento de acreditación de actividades de formación continuada. Dicha documentación es la siguiente:
    * Fotocopia del C.I.F. de la entidad proveedora.
    * Fotocopia de las escrituras públicas de constitución de la entidad, de sus estatutos o reglas fundacionales, en los que debe constar la formación como una de las actividades que realizan (epígrafe 932 en caso de un profesional autónomo).
    * Los proveedores, tanto trabajadores autónomos como entidades con personalidad jurídica, deberán presentar fotocopia de los documentos que acrediten estar al corriente de sus obligaciones tributarias y/o para con la Seguridad Social.
    ¿Con qué tiempo de antelación se deben presentar las solicitudes?
    Las solicitudes deben presentarse, con un mínimo de 10 días de antelación a la fecha de inicio de la actividad
    ¿Cuánto tiempo tarda la Secretaría en resolver la actividad?
    La Secretaria dispone de 3 meses, a contar a partir de la fecha de entrada, registro en SEDE, hiperreg (SCS), para resolver la actividad formativa.
    ¿Quiénes pueden solicitar la acreditación de actividades de formación continuada?
    Las solicitudes pueden presentarlas organismos/entidades/proveedores públicos o privados con las siguientes característica:
    • que estén dadas de alta, como entidad (sociedad, asociación, fundación….) o autónomo y al día de sus obligaciones tributarias.
    • que tengan entre sus funciones actividades relacionadas directamente con la formación continuada de los profesionales sanitarios.
    • que tengan su sede social en la Comunidad Autónoma de Canarias, independientemente del lugar de realización de la actividad formativa. En el caso de que la actividad sea un Congreso/Jornadas multitudinaria sincrónica (presencia física y/o vitual)l, el proveedor podrá decidir si solicita la acreditación en la Comunidad Autónoma donde tiene la sede social o en al Comunidad Autónoma donde tendrá lugar el evento.
    Quedan excluidas para solicitar la acreditación las casas comerciales, empresas y/o laboratorios directamente relacionados con material de uso sanitario y/o productos farmacéuticos
    ¿Los créditos para qué les servirán?
    Los créditos tienen el mismo valor en todo el territorio nacional y se tendrán en cuanta en todas los baremos y convocatorias de la Administración Publica, siempre que el contenido formativo esté relacionada la profesión sanitaria y con las bases específicas de la convocatoria.
    ¿Qué contenido/información mínimo deben tener los certificados/diplomas de discentes?
    • Logotipo de la entidad organizadora (margen superior)
    • La identificación del alumno: Nombre, apellidos y número DNI
    • La identificación de la actividad: Título de la actividad formativa (debe coincidir con el que figura literalmente en la resolución de la acreditación)
    • La fecha de inicio y finalización de la actividad
    • El texto de acreditación: ”Actividad Acreditada por la Comisión Canaria de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias con n.º de expediente 05....-..A. Los créditos de esta actividad formativa no son aplicables a los profesionales, que participen en la misma, y que estén formándose como especialistas en Ciencias de la Salud.
    • El nº de créditos otorgados a la actividad.(No especificar las horas de duración de la actividad, solo los créditos).
    • Especificar que se trata de “enseñanza no reglada y sin carácter oficial”.
    • El logotipos de la Comisión Canaria de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias. (margen inferior derecho)
    • El lugar y fecha de expedición del diploma/certificado
    • Los datos identificativos del responsable de la entidad proveedora: Nombre, apellidos y cargo en al entidad y la firma del responsable de la entidad.
    • Si la firma es manual, deben proporcionar a los destinatarios de la actividad el formato original (a la hora de presentarlo para los distintos baremos de méritos deberán presentar copia compulsada).
    • Si la firma es electrónicamente/digital y/o con código QR, para poder comprobar la autenticidad, siempre se consideran originales.
    ¿Qué contenido/información mínimo deben tener los certificados/diplomas de docentes/ponentes/tutores?
    • Logotipo de la entidad organizadora (margen superior)
    • La identificación del docente: Nombre, apellidos y DNI.
    • La identificación de la actividad: Título de la actividad formativa (debe coincidir con el que figura literalmente en la resolución de la acreditación).
    • La fecha de inicio y finalización de la actividad
    • El texto explicativo de la actividad formativa del docente. (ejemplo: D/Dña.… ha participado, en calidad de docente/ponente/tutor..., con la charla, ponencia, … ”.....”).
    • Las horas de formación impartidas (NO hacer referencia a los créditos de la actividad)
    • El texto de acreditación: ”Actividad Acreditada por la Comisión Canaria de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias con nº de expediente 05-A”
    • El lugar y fecha de expedición del diploma/certificado
    • Los datos identificativos del responsable de la entidad proveedora: Nombre, apellidos y cargo en al entidad y la firma del responsable de la entidad.
    • Si la firma es manual, deben proporcionar a los destinatarios de la actividad el formato original (a la hora de presentarlo para los distintos baremos de méritos deberán presentar copia compulsada).
    • Si la firma es electrónicamente/digital y/o con código QR, para poder comprobar la autenticidad, siempre se consideran originales.
    ¿Qué se entiende por formación sincrónica (presencia física y/o virtual)?
    Se incluyen dentro de la formación sincrónica, todas las actividades formativas que tienen lugar en el mismo tiempo y permiten la interacción simultánea de los participantes y los docentes. Pueden realizarse en el mismo espacio físico, aula física con control de asistencia presencial, o a través de un espacio telemático, aula virtual, en este caso se debe asegurar la permanencia y conexión de los asistentes
    ¿Qué se entiende por formación asincrónica (a distancia/ no presencial?
    Se incluyen dentro de la formación asincrónica, todas las actividades formativas que NO tienen lugar de forma síncrónica (en la mayor parte de la actividad no existe simultaneidad de interación ni entre los alumnos ni entre alumnos y tutor/docente), en las que el alumno debe trabajar con un material docente y demostrar la integración de conocimientos. De forma habitual se utilizan diferentes plataformas que deben asegurar la conexión específica del alumno y permitir la interacción, por diferentes vías, con los tutores de la actividad formativa y con los demás alumnos (si se considera necesario por los organizadores).
    En este tipo de actividades la duración de la actividad se contabiliza en función del material docente. Para cada 5 horas de dedicación el alumno debe disponer de una semana para su estudio/integración.

    A modo de ejemplo: Si una actividad tiene una duración prevista de 10 horas el alumno debe disponer de un mínimo de 2 semanas para su realización. La fecha de inicio se contabiliza desde el día de apertura de la actividad en el campus/plataforma y la fecha de finalización en este caso será mínimo dos semanas después.
    ¿Qué tiempo de validez tiene una actividad acreditada?
    Las actividades se acreditan para un año, la fecha de validez es de un año a partir de la fecha de la resolución.

    Durante ese año se puede realizar una vez la actividad (una edición) o varias veces (más ediciones), siempre que así lo especifiquen en la solicitud o posteriormente lo notifiquen a la secretaria, especificando las fechas y los lugares de realización.
    Para este tipo de notificación pueden utilizar el correo electrónico; acreformacion-dgrrhh.scs@gobiernodecanarias.org

    Una vez trascurrido el año de validez de la actividad, deberán iniciar de nuevo el proceso, presentando la solicitud completa a través de SEDE o de Hiperreg y especificando el n.º de expediente de la primera acreditacíón, ya que se trata de una reacreditación de la anterior. Este proceso se puede realizar durante 3 años consecutivos (1ª acreditación + 2 reacreditaciones), siempre que los aspectos principales de la actividad se mantengan igual. Si se modifican aspectos sustanciales (titulo, duración, pertinencia, objetivos, contenido, metodología, sistema de evaluación de los asistentes…) se debe tratar como nueva acreditación.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    2903
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    220556
Ayúdenos a mejorar

INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE COOKIES

La Sede Electrónica utiliza cookies propias y de terceros para recopilar información que ayuda a optimizar su visita. Las cookies no se utilizan para recoger información de carácter personal. Usted puede permitir su uso o rechazarlo, también puede cambiar su configuración siempre que lo desee. Dispone de más información en nuestra Política de Cookies.


Actualizado 27/03/2024 © Gobierno de Canarias | Aviso legal | Política de cookies | Sugerencias y Reclamaciones Contacto