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Alta en el Registro de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protección Civil de Canarias

Documentación

Por internet

Tramitación

Objeto

  • Alta en el Registro de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protección Civil de Canarias
A quién está dirigido:
Administración Local
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Cuando se pretenda la inscripción de una Agrupación en el Registro creado al efecto por este Reglamento, corresponderá al órgano competente de cada entidad local, de conformidad con lo previsto en la legislación de régimen local:
  • a) La adopción previa del acuerdo para la creación de su Agrupación, así como, en su caso, para su modificación o disolución.
  • boc-a-2020-121-1880 Boletín Oficial de Canarias núm. 121https://sede.gobcan.es/boc14489 Jueves 18 de junio de 2020
  • b) La aprobación del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Agrupación, que deberá adecuarse a las previsiones contenidas en este Reglamento.
  • c) Velar por el adecuado cumplimento del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Agrupación respecto de las personas voluntarias integradas en su Agrupación, así como determinar la aplicación del régimen disciplinario que proceda por el inadecuado
  • cumplimiento de los deberes que adquieren las personas voluntarias al integrarse en esta.
  • d) Comprometer medios materiales, recursos e instalaciones para su uso por las personas voluntarias de la Agrupación, ejerciendo el control de su uso adecuado, racional y responsable por estas.
  • e) Informar a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a efectos de las actuaciones registrales previstas en este Reglamento referidas a las Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protección Civil de Canarias, de las personas voluntarias, así como de los medios, materiales, recursos e instalaciones con que cuenta su respectiva Agrupación.
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Subdirección de Protección Civil y Emergencias

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Subdirección de Protección Civil y Emergencias
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Estimatorio
    Recursos:
    No cabe recurso

Normativa

  • Normativa autonómica

    DECRETO 52/2020, de 4 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Agrupaciones Locales de Voluntariado y de Entidades Colaboradoras de Protección Civil de Canarias.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    6626
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2330825
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