Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones a proyectos de internacionalización de empresas canarias (Canarias Aporta 2018).

Documentación

Por internet

    • Memoria justificativa Anexo V Cuenta justificativa
    • Aceptación Anexo IV Aceptación de la subvención

    Otra documentación de interés:
    • Anexo III - Solvencia técnica
    • Anexo VI Tipos de Gastos subvencionables
    • Anexo VII Fases de Valoración

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.


    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • La concesión de subvenciones a la internacionalización de empresas canarias consistente en asesoramiento técnico especializado y financiación a proyectos de expansión empresarial en el exterior de las Islas Canarias
A quién está dirigido:
Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Podrán acogerse a las subvenciones que se convoquen de acuerdo con estas bases las pequeñas y medianas empresas canarias que realicen un proyecto de los indicados en la base sexta.

Asimismo, podrán acogerse las agrupaciones de pequeñas y medianas empresas canarias, constituidas a través de cualquiera de las formas jurídicas admitidas por la normativa mercantil vigente. También podrán presentarse agrupaciones empresariales sin personalidad jurídica, aportando, con la solicitud de esta subvención, un acuerdo privado que debe incluir los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a ejecutar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.

Las empresas referidas anteriormente deberán contar con, al menos, un año de constitución al momento de presentar la solicitud de subvención. Esta exigencia será de aplicación a las empresas que conforman la agrupación empresarial, pero no así a la estructura agrupada con la que se presentan al programa.

Las agrupaciones empresariales sin personalidad jurídica deberán nombrar a una de las empresas como representante y apoderado único de la agrupación, que será el responsable de presentar la solicitud de la subvención y con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley General de Subvenciones.
En el caso de que la empresa o agrupación esté ya implantada en el exterior, esta deberá indicarlo en la solicitud de la subvención en el supuesto de que la filial asuma gastos en el ámbito del proyecto subvencionado, además la empresa deberá ajustarse a lo establecido en la base decimoséptima, relativa a la documentación a presentar por la empresa en el momento de la solicitud de subvención.

En las agrupaciones empresariales se admitirá la participación de pequeñas y medianas empresas nacionales no canarias y extranjeras cuando la participación de las mencionadas empresas en la agrupación tenga como objeto facilitar el proceso de internacionalización de las empresas canarias. En este sentido, la agrupación deberá justificar, con escrito fundamentado, dicho objeto. El porcentaje de participación de empresas ubicadas en el resto del territorio español o extranjeras es de un máximo de 49% y un 51% deberá ser canaria.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • De acuerdo a la Base Dos:
  • a) Los solicitantes deberán ser pequeñas y medianas empresas canarias, previamente constituidas a la fecha de publicación de la convocatoria anual de subvenciones.
  • b) Asimismo, podrán acogerse las agrupaciones de pequeñas y medianas  empresas canarias constituidas a través de cualquiera de las formas jurídicas admitidas por la normativa mercantil vigente. También podrán presentarse agrupaciones empresariales sin personalidad jurídica
  • c) Tener su domicilio fiscal en Canarias, o tener un establecimiento permanente en esta Comunidad Autónoma.
  • d) Disponer y demostrar tener capacidad financiera suficiente para abordar un proceso de internacionalización.
  • e) Disponer como mínimo de un producto o servicio propio con potencial de internacionalización. Se considerará producto o servicio propio cuando alguna fase del proceso de su elaboración se haya realizado en Canarias (perfeccionamiento activo).
  • f) Deberán estar inscritas en la Enterprise Europe Network - Canarias.
Cuantía
  • MAXIMO OCHENTA MIL EUROS (80.000 EUROS)
Criterios de valoración y baremación:
  • De acuerdo a la Base Vigésimo Primera: A) Criterio de solvencia : Viabilidad económica y financiera de la empresa o agrupación empresarial y Viabilidad Técnica. Se valorará con un Máximo de 40 puntos de acuerdo con los criterios recogidos en las Bases.
  • B) Memoria de Anteproyecto de Internacionalización. Se valorará con un Máximo de 30 puntos de acuerdo con los criterios que figuran en las Bases.
Forma de Abono:
  • Previa justificación de la subvención.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 17/4/2018 23:0
Fecha Fin: 2/5/2018 22:59

Fecha Inicio: 4/6/2018 23:0
Fecha Fin: 18/6/2018 22:59
  • Condición: Requerimiento de subsanación de documentación de las solicitudes presentadas en el marco de la convocatoria pública para proyectos de internacionalización de empresas canarias (Canarias Aporta) para el año 2018.

  • Fecha Inicio: 3/4/2018 8:0
    Fecha Fin: 9/5/2018 13:0
  • Condición: Ampliación de plazo

  • Fecha Inicio: 28/6/2018 23:0
    Fecha Fin: 12/7/2018 22:59
  • Observaciones: presentación aceptación de la subvención

  • Fecha Inicio: 2/8/2018 23:0
    Fecha Fin: 10/8/2018 22:59
  • Observaciones: aceptación resolución definitiva

  • Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      PROEXCA (Entidad colaboradora para la gestión de convocatorias de subvenciones)

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Art. 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Orden, 1 de marzo de 2018, de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, por la que se modifican las bases reguladoras que han de regir la concesión de subvenciones para proyectos de internacionalización de empresas canarias (Canarias Aporta) aprobadas por orden de 28 de abril de 2016

      Orden, 28 de abril de 2016, de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir la concesión de subvenciones para proyectos de internacionalización de empresas canarias (Canarias Aporta)

      Extracto de la Orden de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, por la que se convoca para el año 2018, el procedimiento de concesión de las subvenciones a proyectos de internacionalización de empresas canarias (Canarias Aporta)

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      4318
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      1017563
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