Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Homologación de cursos de formación agraria para la obtención de la cualificación profesional agraria

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Acreditación de la cualificación profesional del profesorado.

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Solicitud
    • Acreditación de la cualificación profesional del profesorado.

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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Tramitación

Objeto

  • Asegurar la idoneidad de los programas, contenidos, organización y ejecución de los cursos para la obtención de la cualificación profesional agraria, que estén promovidos por personas públicas o privadas, con la finalidad de garantizar unos niveles de formación homogéneos que acrediten una capacidad profesional suficiente que permita acceder al Registro de Explotaciones Agrarias prioritarias y a los auxilios o ayudas agrarias en los que así se exija.
A quién está dirigido:
Ciudadanos, Asociaciones, Empresas y Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Los cursos para los que se solicita homologación sean de formación agraria , según lo establecido en el artículo 2 de la Orden de 9 de febrero de 1999 (BOC nº 21, de 17 de febrero de 1999).
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Capacitación Agraria

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dirección General de Agricultura
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Estimatorio
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Observaciones

  • La presentación de la solicitud deberá ser, al menos, treinta días antes del comienzo de la actividad formativa.

Normativa

  • Normativa autonómica

    Orden de 9 de febrero de 1999, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se regula la homologación de cursos de formación agraria para la obtención de la cualificación profesional agraria. (BOC Nº 21, de 17.2.1999).

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    1159
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    220968
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