AVISO: Para las Ayudas a las PYMES y autónomos afectados por la Covid-19 no se pueden presentar solicitudes a través del Registro Electrónico. Estas serán rechazadas en virtud de la normativa reguladora. Solo pueden presentarse a través de su respectivo procedimiento específico establecido, a partir del 10 de marzo de 2021. (Enlace al procedimiento específico) Debido al alto número de solicitudes de este procedimiento pueden producirse errores durante la tramitación. Si esto ocurre, rogamos reintente el trámite pasados unos minutos. En el teléfono 900 909 519 se atenderán todas las dudas sobre las presentes subvenciones, a axcepción de las tecnológicas, que se atenderán complimentando el siguiente formulario: formulario de contacto Disculpe los inconvenientes.
Le informamos que, debido a labores de mantenimiento técnico diario, parte de los servicios electrónicos de esta sede no se encuentran operativos entre las 0:00h y las 3:00h Disculpen las molestias.
La sede electrónica es aquella dirección electrónica disponible a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias.
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